El alarmismo

En un artículo excepcional publicado hace unos días, Consuelo Madrigal, Fiscal de Sala del Tribunal Supremo, advertía de la situación social y política generada entorno a la declaración del estado de alarma, durante el cual, so pretexto de luchar contra la pandemia, se han ido restringiendo los derechos fundamentales y libertades públicas de los españoles en una deriva intolerable para un estado democrático y de derecho. Una situación que, además, se ha visto agravada por el mal empleo, indiscriminado e indebido, de la potencialidad de las nuevas tecnologías, que lejos de hacernos más libres, nos han sometido a otro tipo de control propio de una dictadura, que era impensable hace solo tres meses.

De eso mismo, en este diario, LA VOZ DE GRANADA, como en otros medios de comunicación en los que habitualmente opino, he venido advirtiendo desde el principio de la crisis. He publicado no menos de 5 artículos desde el comienzo del confinamiento identificando tales situaciones, denunciando lo que con apariencia de una regulación de urgencia o de mal llamadas adaptaciones a la realidad impuesta por las circunstancias sobrevenidas, no eran nada más que limitaciones de nuestros derechos civiles y de nuestras libertades públicas. Quiero pensar que tales límites se han ido imponiendo y aceptando de modo desesperado por parte del ejecutivo, aunque no lo creo de algunos destacados integrantes del ejecutivo, que antes de ser vicepresidentes o ministros, han ido mostrando el lado más oscurantista de su ideología, contraria al orden constitucional y al control democrático, en cuanto defensores de ideas poco racionales y retrógradas.

No voy a entrar en un análisis de la vulneración flagrante del principio de imperio de la ley, del fraude de ley claramente ocurrido, de la subversión del orden constitucional y del orden de prelación de fuentes y del principio de jerarquía normativa, porque tiempo y foros habrá para que se aborden estas cuestiones. Ahora bien, sí que quiero hacer constar la situación indeseable de mutación constitucional adversa que se ha producido, entendida como la transformación de los textos legales no por medio de una reforma formal y expresa, sino por medio de cambios fácticos provocados sobre la base de interpretaciones y prácticas aconstitucionales. Unas modificaciones que han dejado indemne el texto constitucional sin cambiarlo formalmente por hechos que no tienen que ir acompañados de la intención, o la conciencia, de tal mutación, pero que lo han provocado. Ello entendido desde la buena fe. O, por el contrario, como una práctica de un órgano estatal que no resulta contraria a la letra de la constitución —tengo mis dudas—; como la imposibilidad de ejercer algunas atribuciones consignadas en la propia constitución; como prácticas abiertamente contrarias a la misma —que las ha habido—; y como interpretaciones al caso de la constitución que no han sido efectuadas por los únicos que pueden hacerlas, pero que han servido para crear nuevos conceptos o dar nuevo sentido a las prescripciones constitucionales —de esto tengo completa certeza—. Y de todo esto ha habido entre la promulgación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y la prórroga acordada hoy mismo de la vigencia del estado de alarma.

En estos términos, pienso que la culpa de lo mal hecho no solo se encuentra en el Gobierno, que más mal que bien —según mi opinión—, está gestionando una situación difícil, realmente muy complicada, que lo ha llevado a incurrir por distintas causas, en errores injustificables, Pero la oposición ha incurrido en los mismos o más al mostrarse incapaz de cumplir con su papel crítico y corrector, dentro de la moderación que exige la situación , y reconducir al ejecutivo a la senda constitucional. Esa es la verdadera y certera oposición que a mi modo de ver deberían de hacer los partidos no gubernamentales, en vez de dedicarse simplemente a criticar cuanto de equivocado o indebido ha habido en la crisis de la pandemia, o de apostarse a esperar a ver si la tragedia y las circunstancias hacen caer al Gobierno, para su beneficio. No, eso no es oposición. Eso es incapacidad y oportunismo. Es también mala gestión de la auctoritas, en cuanto legitimación social y políticamente reconocida que nuestro sistema otorga en especial al jefe de la oposición y, también, al resto de representantes políticos contrarios al ejecutivo en su labor de tutela de la adecuada gobernanza.

Ambas anomalías sumadas, gestión errónea y oposición errónea, han llevado a la aparición de algo anómalo, parecido a un sistema de gestión política que, sociológicamente, bien podría denominarse “Alarmismo. Que no es sino el régimen político sobrevenido a nuestro país por razón de la gestión excedida de la crisis pandémica, su mantenimiento, y la pésima labor de control constitucional ejercido por la oposición, y en realidad, de todos los órganos constitucionales.

Lo mismo que soy de los que denuncia la irrupción aconstitucional e inconstitucional de este sistema que del “Alarmismo”, reconoceré que el mismo ha sido solo una cuestión anómala, indebida y temporalmente circunstancial, si se corrige y desaparece íntegramente todo lo más en el momento mismo en que cese el estado de alarma. En caso contrario, el fracaso de nuestro sistema constitucional habrá sido estrepitoso, y lamentablemente nos encontraremos ante algo tan indeseable como ominoso.

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