El Ayuntamiento de Armilla deberá retirar el concierto para ayuda a domicilio tras la impugnación de CCOO

El Ayuntamiento de Armilla deberá retirar el concierto para ayuda a domicilio tras la impugnación de CCOO

  • El comité de empresa de CCOO en el SAD del municipio planteó la impugnación del pliego porque no reunía los requisitos en cuanto a jornada y relación de plantilla que debía ser subrogada

El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Diputación Provincial de Granada ha estimado la impugnación de CCOO tras la publicación del pliego de las delegadas del sindicato en el comité de empresa, donde se constataba que la jornada de trabajo contemplada podía ser en tramos inferiores a la hora de servicio. Una situación que la normativa no permite ni contempla.

También reclamaron que el precio/hora del servicio sea el que está establecido por la Junta de Andalucía, porque «seguía sin adecuarse al coste real de los servicios de ayuda a domicilio».

Por todo ello, CCOO había impugnado el  pliego de condiciones del SAS de Armilla. El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Diputación Provincial de Granada ha estimado la impugnación porque la excepción de la duración de los servicios no está recogida en la normativa.

De esta forma, se ha dado la razón al comité de empresa que ha mostrado su satisfacción por el reconocimiento en defensa de los derechos de las trabajadoras.

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