El Ayuntamiento de La Zubia afirma que la sentencia sólo les pide motivar los contratos eventuales

El Ayuntamiento de La Zubia afirma que la sentencia sólo les pide motivar los contratos eventuales

  • Inmaculada Hernández lamenta los pleitos judiciales contra el Ayuntamiento a los que ha llegado el grupo socialista por temas burocráticos ya resueltos

La Alcaldesa de La Zubia, Inmaculada Hernández, lamenta la maniobra del Grupo Socialista que aprovecha “errores en trámites burocráticos” para poner entre dicho las decisiones del Equipo de Gobierno. Errores que se subsanaron hace año y medio y que ya no existen.

En un comunicado, la alcaldesa afirma que el pasado 15 de octubre de 2019, el Pleno rectificó a petición de la Subdelegación de Gobierno la designación de los cargos de confianza, pasando de 3 a 2 personas. Como ya declaró la alcaldesa en octubre de 2019, «por ley tenemos derecho a dos cargos de confianza y nosotros habíamos partido cuatro horas para una persona y otras cuatro horas para otra. Pero no se subía el sueldo y no suponía un sobrecoste para el Ayuntamiento porque una cobraba 25.000 euros y las otras dos, 12.500 cada una. Se daba oportunidad a dos personas de trabajar por el mismo sueldo a media jornada”.

A su juicio, los titulares que han difundido el Partido Socialista son erróneos, ya que el juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Granada no ha anulado los tres cargos de confianza que fueron aprobados en el pleno municipal, sino que ha solicitado la motivación de la contratación de estos que no aparece reflejada en el pleno del 15 de octubre de 2019, el cual hace referencia al pleno del 9 de julio de 2019 donde sí aparece esta motivación para la contratación.

«El Grupo Socialista, lejos de aunar esfuerzos en la actual situación en la que se encuentra el municipio por la crisis provocada por el COVID-19, se ha centrado en una venganza política por no conseguir todo lo que solicitaban judicialmente. La portavoz del PSOE en La Zubia, Purificación López, solicitaba que se anulara la designación de los cargos eventuales, todo lo relacionado con los actos realizados por ellos, así como la devolución de las cuantías percibidas por los mismo; solicitudes que desestimó el Juzgado».

Actualmente, y con la nueva sentencia sobre la mesa, ya se está trabajando desde el consistorio por subsanar el acuerdo anterior y llevar a pleno la ejecución de la sentencia que únicamente solicita la explicación de los contratos, que se justifica en la aplicación de la Ley 7/1985 sobre Personal eventual de las Entidades Locales, que permite a los municipios menores de 20.000 habitantes tener 2 cargos de libre designación.

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