El doble asesinato del Camino de Purchil (2019)

Pasados mediados de marzo de 2013 tuvo lugar la celebración de la vista oral ante el Tribunal del Jurado del que fue conocido como “el doble asesinato del camino de Purchil” ocurrido la noche del 1 de abril de 2009. Murieron dos hombres, Manuel F. A. y José F. C., que, según declara la sentencia a mi modo erróneamente, fueron “ejecutados”, terrible palabra ésta, con la que siempre he pensado que se trata de investir de legitimidad lo que solo puede ser calificado de acción criminal se mire como se mire.

Confieso que después de tres décadas de ejercicio de la profesión en el foro, no dejo de sorprenderme con los pronunciamientos jurisdiccionales. El Derecho no es una ciencia exacta, pero tiene determinados principios y reglas que a veces parecen ser retorcidos y hasta olvidados. Las resoluciones judiciales están y deben ser sometidas a crítica, al menos científica. No suelo opinar cuando escribo sobre este tipo de asuntos de historia criminal, pero de la lectura de los hechos declarados probados en la sentencia y de los pronunciamientos del jurado solo puedo decir que, al único procesado y condenado por el suceso, le salió realmente barato su “participación”, que algunas opiniones mantuvieron que fue realmente en concepto de coautor.

Dos jóvenes

Los cadáveres fueron encontrados fortuitamente por un hombre que transitaba por la zona poco después de las 9 de la mañana y alertó a la policía. En medio de un amplio dispositivo desplegado tras conocerse la noticia, las labores de identificación de la Policía científica y el rescate de las víctimas se prolongó durante varias horas debido a que los cuerpos se encontraban en el fondo del acentuado y profundo declive que en ese punto hacía la cuneta habían sido arrojados, frente a la depuradora de aguas allí existente, junto a las instalaciones de la Real Sociedad Hípica. Para acceder hasta los cadáveres y efectuar su levantamiento, lo cual fue ordenado por el juez instructor pasadas las 13 horas, tuvieron que intervenir los bomberos debido al acentuado desnivel existente entre la vía y el lugar donde se encontraban.

Las víctimas fueron identificadas por las huellas dactilares porque ninguna portaba documentación. Resultaron ser dos hombres jóvenes, de etnia gitana, Manuel F. A., de 25 años de edad, y José F. C., de 24, ambos vecinos de Granada y domiciliados en el barrio de Almanjáyar, estaban casados y tenían un hijo pequeño cada uno de ellos.

Pistas y detención

La investigación y la autopsia revelarían inmediatamente que el doble crimen estaba relacionado con el mundo del narcotráfico. Los agentes localizaron en uno de los cuerpos una pistola de grandes dimensiones que, según los primeros indicios, no llegó a ser utilizada en el crimen, y en el otro cuerpo, ocultas en la ropa interior, varias balas del calibre 9 milímetros Parabellum, del mismo calibre del arma con la que efectuaron los disparos homicidas. Sin embargo, esta otra arma no pudo ser encontrada en el lugar de los hechos, en donde sí que había evidencias cerca del carril que demostraban que los cuerpos habían sido arrastradas hasta la cuneta por lo que tal vez podrían haber sido asesinadas en otro lugar. También, en la ropa de una de las dos víctimas, que estaba vestida con un chándal, y a pesar de que estaba embarrada y ensangrentada, se descubrió una sustancia blanca que había sido espolvoreada y que después se confirmaría que se trataba de cocaína. Los coches de las víctimas fueron hallados en un lugar cercano, con claros restos en su interior que demostraban que habían sido conducidos hasta allí por otras personas y abandonados.

Todas estas circunstancias y el hecho de que fuera localizado un tercer vehículo abandonado, un Alfa Romeo 147, determinó que los investigadores del Grupo de Homicidios avanzaran con rapidez y aquella misma tarde se efectuara la detención de un sospechoso, Raúl C. C., de 26 años de edad, vecino del mismo barrio y amigo de los fallecidos, con los que se relacionaba en el ambiente de la droga. Sus primeras declaraciones fueron confusas y contradictorias y solo sirvieron a la Policía para mantener su hipótesis del ajuste de cuentas relacionado con el narcotráfico.

Una versión

Solo tras levantarse el secreto de sumario por el juez instructor, el titular Juzgado de Instrucción núm. 5 de Granada, Raúl C. C. dio una versión de los hechos que vino a aclarar parcialmente lo sucedido. Raúl C.C. declaró que los dos fallecidos y él mismo, que eran amigos desde chicos, habían planeado dar «un palo» a unos narcotraficantes colombianos con los que tenían relación por asuntos de drogas, pero que les salió mal, y que él había salvado la vida porque se detuvo a orinar un poco antes del lugar donde fueron asesinados sus colegas. «Si no hubiera salido del coche, me habría pasado lo mismo que a ellos», declaró, marchándose del lugar sin avisar a nadie. También dijo que antes de la llegada de los narcos habían escondido tres pistolas y el dinero de la supuesta compra de droga. Sin embargo, esta versión que también sería mantenida por Raúl C.C. durante el juicio sería desmontada por la Policía, evidenciando que claramente mentía. Más cuando no proporcionaba ningún dato que permitiera identificar a los colombianos.

El sospechoso ingresó en prisión acusado de participar en el doble crimen del camino de Purchil, el día 4 de abril de 2009, quedando a la espera de la investigación y la conclusión del sumario, aunque quedaría en libertad provisional tiempo después, dado que la celebración de la vista ante el Tribunal del Jurado se suspendió en dos ocasiones.

Desmontando la coartada

El día 21 de marzo de 2013 en que se iniciaron las sesiones del juicio oral, casi cuatro años después del crimen, la Plaza Nueva registraba delante del Palacio de la Real Chancillería una gran concentración de familiares de las víctimas y de numerosos medios de comunicación. Cuando el furgón que trasladaba al único procesado apareció y posteriormente de él descendió para ser conducido ante el tribunal la muchedumbre clamó enfurecida. Tuvo que ser contenida por el dispositivo policial desplegado. En la Sala el procesado que comparecía para ser enjuiciado como responsable de dos delitos de asesinato en concepto de cómplice a tenor del art. 29 del Código Penal, mantuvo su versión de los hechos. Sin embargo, a lo largo de las tres sesiones que duró la vista quedaría probado que mentía. Las pruebas y las declaraciones de los policías actuantes, así como los informes de los forenses, determinaron que al lugar del suceso solo llegaron dos vehículos, los de las víctimas, en uno de los cuales iba Raúl, delatado por el seguimiento del rastreo que se hizo de su móvil, que lo situaba en el lugar donde los cuerpos fueron encontrados.

Lo que sucedió

El 1 de marzo de 2009, el acusado Raúl C. C. había adquirido de Manuel F. A., por importe de 30.000 euros un vehículo marca Volkswagen, modelo Tuareg, propiedad de la madre de este, que era habitualmente utilizado por él y que tanto él como su amigo José F. C., eran personas que se desenvolvían en ambientes de consumo y tráfico de sustancias estupefacientes, ambientes que también eran frecuentados por Raúl C.C., el acusado. Los tres idearon un plan con la finalidad de apropiarse de una partida de droga de los colombianos que habitualmente se las suministraban, pero desconociendo las dos víctimas, Manuel y José, que Raúl tenía un segundo plan concertado con los narcos, que conocía el propósito de éstos de acabar con la vida de algunas personas aquí en Granada, dado que le habían robado droga en algunas ocasiones anteriores, para dar un escarmiento. Por esta razón y con el fin añadido de protegerse, Raúl entró en contacto con los colombianos y les facilitó su propósito criminal que tenían, y convino que él llevaría a Manuel y a José, con la excusa de realizar una operación de compra de droga a unos colombianos que venían de Madrid, el día 1 de abril de 2009, a las 23.30 de la noche, a un lugar concreto del camino de Purchil.

En ejecución de este plan y con el fin de no ser identificado por nadie en el lugar de los hechos, el acusado intercambió esa misma tarde el vehículo Volkswagen Tuareg que había adquirido unos días atrás, con el Alfa Romeo modelo 147 de un amigo y que luego, tras ser encontrado abandonado, pondría a la Policía tras su pista.

A la hora convenida Raúl, Manuel y José llegaron al lugar y seguidamente, aunque en dirección distinta a la esperada y de manera sorpresiva, aparecieron los narcos —estos nunca fueron identificados— que tras apearse del vehículo y reducirlos a punta de pistola y tras atarles las manos a la espalda, dispararon a quemarropa cuatro disparos a Manuel y José, dos a cada uno de ellos, al menos con dos pistolas diferentes del calibre 9 milímetros parabellum, en la cabeza, lo que provocó el destrozo y derrame de la masa encefálica de ambas víctimas que fallecieron en el acto. Posteriormente les quitaron las pertenencias y las llaves de los vehículos y ambos cuerpos fueron arrastrados hasta un punto cercano y fueron arrojados a un barranquillo situado al borde del camino, en el lado opuesto al río Genil, no sin antes, a modo de mensaje o de advertencia a las personas que se movían en el ambiente de la droga en Granada, espolvorear 30 gramos de cocaína sobre el cadáver de José. Finalizada la acción criminal, Raúl y los colombianos tomaron las llaves de los vehículos de los asesinados y los trasladaron al lugar donde fueron encontrados por las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, con clara finalidad de modificar el escenario del crimen y de lo realmente sucedido.

Las sentencias

Tras el veredicto de culpabilidad del Jurado la Sala de lo Penal de la Audiencia Provincial de Granada dictó la sentencia de 27 de marzo e 2013, a cuyo tenor el acusado Raúl C. C. fue condenado como cómplice de dos delitos de asesinato del art. 139.2 del Código Penal, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de siete años y medio de prisión por cada uno de ellos, más accesorias y costas y a hacer frente a la responsabilidad civil. Una sentencia que no dejó satisfecha a la acusación particular que mantenía la posición coautoría del encausado en los delitos de asesinato.

La sentencia fue recurrida ante el Tribunal Supremo, que, en sentencia de 1 de julio de 2014, declaró no haber lugar a la casación interesada, confirmando en todos sus pronunciamientos la de instancia.

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