El juicio contra el exalcalde de Castril por el supuesto gasto indebido en taxis será en marzo

El juicio contra el exalcalde de Castril por el supuesto gasto indebido en taxis será en marzo

  • El gasto de viajes que se investiga se remonta al periodo entre 2007 y 2011, y la Fiscalía interesa también, en su escrito de acusación provisional, que el exalcalde haga frente, en concepto de responsabilidad civil, a una indemnización al Ayuntamiento de Castril de 47.246 euros

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha señalado para los próximos 25 y 26 de marzo el juicio oral contra el exalcalde de Castril, José Juan López Ródenas (PSOE), por el supuesto gasto de 47.246 euros en su etapa de gestión en desplazamientos en taxi «ajenos a su función pública».

Así consta en una diligencia de la Audiencia de Granada, una vez que, el pasado siete de noviembre, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Huéscar acordó la apertura de juicio oral

En el auto de la juez que lleva este procedimiento que se sigue por el trámite del procedimiento abreviado, se especifica que López Ródenas irá a juicio por la presunta comisión de delitos continuados de prevaricación y malversación de fondos públicos, después de que la Fiscalía haya solicitado para él penas de cuatro años y seis meses de cárcel y ocho años de inhabilitación.

Al acusado, que será juzgado en la Audiencia Provincial, se le ha requerido fianza de 63.000 euros para asegurar las responsabilidades civiles que puedan imponérsele, según el auto, de fecha 7 de noviembre de 2019, y contra el que cabe recurso de reforma.

El gasto de viajes que se investiga se remonta al periodo entre 2007 y 2011, y la Fiscalía interesa también, en su escrito de acusación provisional, que el exalcalde haga frente, en concepto de responsabilidad civil, a una indemnización al Ayuntamiento de Castril de 47.246 euros, la misma cantidad que supuestamente gastó de forma indebida.

Habrían sido desplazamientos en taxi presuntamente «ajenos a la función pública que ostentaba, con cargo a las cuentas del Ayuntamiento, sin que existiera relación alguna entre los citados desplazamientos y el referido cargo público, al no haberse acreditado el motivo de su realización».

Asimismo, algunos de tales gastos por desplazamientos en taxi, «a sabiendas de su procedencia ajena a la función pública y, por ende, irregularidad, fueron autorizados por el investigado al ser éste el responsable de dar el visto bueno a las facturas emitidas por los viajes realizados. Otras facturas, sin embargo, ni siquiera constan en el listado de contabilidad del Ayuntamiento», según se expuso en el auto de procedimiento abreviado, fechado el 16 de mayo.

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