Enfermar perjudica gravemente su salud (laboral)

Mientras curritos de este país que apenas llegan a ingresar 900 euros a fin de mes, se afanan por ver quien tiene la bandera más grande, quien aplicaría el 155 más inmediato, mandaría la Legión mañana mismo a la Diagonal, o rompería de inmediato relaciones diplomáticas con la pérfida Bélgica, a su alrededor están ocurriendo cosas muy serias, que nos afectan de una forma tan brutal, que solo la anestesia más miope y patrioteril, las hacen pasar de puntillas, para regocijo de los patronos y desconsuelo de quienes tanto han luchado por alcanzar unos derechos sociales y laborales que empiezan a ser especies en peligro de extinción.

Mientras nos desgañitamos en si exhumación sí o exhumación no, CDR,s al talego, Puigdemon a prisión y otras lindezas por el estilo, una sentencia del Tribunal Constitucional, ha establecido como causa de despido objetivo, el de un trabajador que falte el 20%, de días laborables al trabajo, aunque lo sea de forma justificada durante dos meses.

El Tribunal Constitucional ha concluido, entre otras cosas, que el límite al derecho al trabajo se justifica por la “libertad de empresa y la defensa de la productividad”. Con esta sentencia el Constitucional refrenda la reforma laboral del PP que inexplicablemente no ha derogado, ni me temo va a derogar, el Gobierno de Pedro Sánchez.

Cuatro magistrados han firmado tres votos particulares. “No puedo asumir que la libertad de empresa […] pueda ser antepuesta al derecho a la integridad física o moral de los trabajadores, y a un valor tan fundamental como es la salud humana”, dice en el suyo la magistrada María Luisa Balaguer.

Y es que lo que el Alto Tribunal ha bendecido, es que si un trabajador falta al trabajo el 20% de los días hábiles en un periodo de dos meses, o el 25% en cuatro, aunque esas bajas estén justificadas, puede ser despedido con una indemnización de 20 días por año trabajado y un máximo de una anualidad.

Semejante atentado a los derechos de los trabajadorees, a la vez que patente de corso para las empresas, no ha tenido la respuesta que merece por parte de los trabajadores y los sindicatos, distraídos como estamos en otros menesteres.

Esta brutal sentencia ha tenido un “protagonista” muy granadino y mucho granadino, nada más y nada menos que Andrés Ollero Tassara, catedrático de Filosofía del Derecho de nuestra Universidad, diputado en cinco legislaturas por el PP, magistrado del Tribunal Constitucional de la mano de Mariano Rajoy y Numerario del Opus Dei, cuya doctrina marca todas sus actuaciones públicas.

Ollero se ha convertido en uno de los miembros más ultra e integrista del Tribunal Constituccional, en materias tan sensibles, como el aborto o el matrimonio homosexual, hasta tal punto de decir cosas como que “”la situación es de aborto libre, al convertirse España en paraíso del turismo abortista”. (Diario Médico, Enero 2012).

Ollero también ha sido un paladín del matrimonio “como Dios manda” y por lo tanto azote del homosexual que según nuestro protagonista, “no tiene sentido alguno en términos jurídicos; es algo inconcebible”.

Es curioso que con semejantes credenciales, Ollero Tassara, haya estado a punto de ser elegido como presidente del Tribunal Constitucional, representando así el nuevo nacional-catolicismo que de forma tan obvia, se está adueñando de buena parte de la esfera pública de este país.

Con sus casi 150.000 euros de sueldo, a Andrés Ollero, no le ha temblado el pulso a la hora de redactar una sentencia que se va a traducir en el despido de miles de trabajadores de este país, aunque se encuentren enfermos, situación que por lo que se ve nunca le ha afectado a él, quien sabe si por la intercesión del Espíritu Santo.

Es indignante que el tribunal que debe velar por hacer cumplir la Constitución, ésa que dice que tenemos derecho al trabajo, a la vivienda, a la educación y la sanidad pública, a una pensión digna, etc, etc, no haya levantado la voz jamás para garantizar esos derechos, pero sí lo haga ahora , de la mano de Andrés Ollero, para decir que es legal que un empresario pueda despedir a un trabajador enfermo si no acude a trabajar.

PD: Muy poca caridad cristiana don Andrés.

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