La Audiencia inadmite el recurso de Spiriman en su denuncia a directivos  y médicos del Virgen de las Nieves

La Audiencia inadmite el recurso de Spiriman en su denuncia a directivos y médicos del Virgen de las Nieves

  • Tras ser sobreseída la primera denuncia por el juzgado de Instrucción Nº 9, Jesús Candel presentó un recurso que ha sido desechado por los magistrados de la Audiencia Provincial

Nuevo revés judicial para Spiriman. La sección segunda de la Audiencia provincial ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Jesús Candel «Spiriman» y Antonio Higueras, presidente y secretario de la Asociación Justicia por la Sanidad contra el Auto del 26 de octubre de 2018 dictado por el Juzgado de Instrucción nº 9 de Granada en las diligencias previas seguidas contra directivos y médicos del Hospital Virgen de las Nieves.

Dentro de la campaña sistemática de denuncias, querellas y demandas contra médicos, directivos sanitarios, periodistas y jueces iniciada por Spriman, el galeno denunció el pasado año a Antonio Osuna Ortega, Director de la Unidad de Gestión Clínica del SAS; a Pilar Espejo Guerrero, Directora Gerente del Hospital Virgen de las Nieves (HVN); a Manuel Bayona García, ex gerente de HVN y a Manuel García Montero, ex director médico del mismo hospital por presuntos delitos contra la salud pública, acoso, malversación y prevaricación, así como otros delitos.

El juzgado de Instrucción Nº 9 , encargado de las diligencias finalmente dictó auto de sobreseimiento de la denuncia, auto que fue recurrido por Spiriman e Higueras y que comunicaron en un vídeo del que aportamos enlace.

La Audiencia ahora inadmite el recurso de apelación contra dicho auto de sobreseimiento, «al compartir este Tribunal de Apelación las razones expresadas tanto en el auto por el que el Titular del Juzgado instructor al que se turnaron las actuaciones sobreseía las actuaciones 2 “ ad liminel Litis “ como el Magistrado que, sustituyendo al abstenerse aquel, daba respuesta jurisdiccional al recurso de reforma que combatía esa decisión, confirmándola con toda razón en derecho la inadmisión de una denuncia, desde argumentos más que suficientes como para haberse aquietado a esa decisión plenamente ajustada a derecho».

El auto sostiene que la denuncia se basa en «especulaciones» sin base sólida y en argumentos «siempre estigmatizantes para los denunciados», porque «los hechos en que se basa la denuncia no encuentren cabida en ninguna de las infracciones penales previstas como tales en la legislación penal».

El tribunal considera que «“los hechos, relatados de forma poco clara, no pueden encajarse en los tipos penales que enuncia el denunciante sin realizar el más mínimo esfuerzo por justificar el acoplamiento de las conductas que atribuye de forma genérica”

El escrito entiende que»la decisión judicial de archivar unas diligencias previas por estimar que los hechos denunciados no son constitutivos de infracción penal no lesiona el derecho a la tutela judicial efectiva». Y de esta forma procede a «mantener la inadmisión a tramite de la presente denuncia cargada de sospechas, insinuaciones y especulaciones contra el Dr. Osuna y otros “implicados” tachados de encubridores».

En el auto, al que ha tenido acceso La Voz de Granada, queda demostrado que «no hay constancia alguna de que esos acosos, coacciones o represalias dentro del centro hospitalario, hayan sido durante todo ese tiempo tampoco precisado en la denuncia, hubiera sido denunciados por todos o algunos de ellos en alguna de las jurisdicciones aplicables». Y prosigue señalando que «ni los directivos de la citada Asociación ni la Asociación por si sola carecen de acción penal como acusadores particulares para la persecución de todos estos delitos de los que no han sido víctimas, pues no dicen en la querella ni en el recurso que ejerzan la acción popular ni ofrecen fianza para garantizar posibles perjuicios».

En cuanto a la sospecha sobre la derivación de enfermos de riñón a clínicas privada, el Tribunal concluye de forma clara: «de nuevo no pasan de la mera sospecha o suspicacia, pero sin dato concreto que lo corrobore esas irregularidades, que sin datos del control de gastos de la gerencia y del propio Servicio de SAS, resultan de nuevo insuficientes para iniciar una investigación que compete, en todo caso a los propios resortes y medios de control y fiscalización de las cuentas y presupuestos que es propio de los organismos tanto internos como externos a los que están sometida toda Administración Pública».

El tribunal condena a costas a los denunciantes.

Desde el año 2016 hasta la fecha Spiriman ha venido usando los juzgados como arma intimidatoria contra periodistas críticos, médicos, gestores públicos, políticos y compañeros de trabajo. El número de querellas, demandas y denuncias habría superado la quincena, pero ninguna de ellas ha prosperado en los juzgados. Todas han sido desestimadas, archivadas o resueltas con sentencias desfavorables para el medico.  En todos los casos ha sido condenado en costas. A juzgar por los hechos,  Spiriman sistemáticamente habría intentado amedrentrar a sus detractores con la amenaza de denuncia o directamente denunciando a sus oponentes.

Para hacer frente a las fianzas, costas y gastos judiciales, el Galeno cuenta con la Asociación Justicia por la Sanidad, una organización encargada de recaudar los fondos necesarios para poder financiar las extravagancias de su presidente, Jesus Candel. Según los datos aportados por la propia Asociación sus ingresos mensuales ordinarios podrían situarse entre los quince y veinte mil euros por aportaciones de sus socios, unos 200.000 euros anuales.

Extraordinariamente Spiriman ha recurrido al «limosneo» colectivo para hacer frente a esos gastos judiciales derivados de su incontinencia verbal o para afrontar el depósito de fianzas y multas. Cuando un juzgado de Córdoba dictó medidas cautelares y le exigió una fianza de 30.000 euros, el acusado organizó una colecta pública llegado a recaudar en torno a los 80.000 euros. En esa colecta usó una cuenta abierta a nombre de la Fundación Spiribol para ingresar las donaciones. Hacienda podría estar investigando a la Fundación por esas prácticas, muy lejos de sus objetivos, según la ley de Fundaciones.

Por la vía civil el médico se ha debido de enfrentar hasta la fecha a tres juicios por vulneración del derecho al honor, y los tres los ha perdido, siendo condenado a indemnizar a cada una de las víctimas con cinco, cinco y treinta mil euros.

El Colegio de Médicos de Granada, ante las denuncias de compañeros de los hospotales, resolvieron recientemente imponer un sanción de cien días de inhabilitación para el ejercicio de la profesión por cuatro faltas muy graves contempladas en el Código deontológico del Colegio.

En el SAS, la empresa para la que trabaja Spiriman como médico a media jornada, le ha abierto tres expedientes disciplinarios pendientes de resolución tras el recurso. Su abogada, estratégicamente se querelló, por presunta prevaricación, contra la instructora de los expedientes, consiguiendo así paralizar su tramitación.

El próximo día 26 de junio Spiriman se volverá a sentar en el banquillo de los acusados para responder por las presuntas injurias y calumnias vertidas contra la expresidenta de la Junta, Susana Diaz, y el ex viceconsejero Martín Blanco.

Pero lo peor para Spiriman, desde el punto de vista judicial,  está por llegar. Tiene pendientes tres juicios por la vía penal. El primero en Córdoba, donde deberá responder por una querella interpuesta por el Juez decano, al que llamó prevaricador y acusó de formar parte de una red de pederastas; y los dos siguientes en Granada, uno por injurias y calumnias contra el Fiscal Jefe de Granada, y otro por amenazas condicionales hacia el  juez del juzgado de Instrucción Nº 9 de Granada.

CATEGORÍAS

COMENTARIOS

Wordpress (0)
Disqus ( )