La Fiscalía archiva tres denuncias contra Spiriman por llamar «puto criminal» a Sánchez y pedir que «escupan a los médicos»

  • Las denuncias pedían investigar a Spiriman por presuntos delitos cometidos en los primeros meses del inicio de la pandemia.
  • La Fiscalía archiva las denuncias al considerar que los hechos denunciados tienen plena cabida en el ejercicio de la libertad de expresión y que los presuntos delitos de odio no van dirigidos a los colectivos protegidos por la ley. 

Spiriman en el Juzgado de instrucción Nº 6 de Granada en un juicio por injurias y calumnias

La Fiscalía de Granada ha archivado tres denuncias presentadas contra Spiriman por incitación al odio, injurias y calumnias, revelación de secretos profesionales, resistencia a las órdenes de autoridades sanitarias y crear falsa alarma. Las denuncias fueron formuladas, la primera, por el Grupo de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional, la segunda por un particular, S. Y. P y la tercera una denuncia colectiva firmada 3.516 personas.

El fiscal encargado del caso desmonta las acusaciones de las partes amparando las injurias, calumnias y malas formas en el derecho a la libertad de expresión de Spiriman y en que los posibles mensajes de odio señalados no se dirigían a alguno de los grupos expresamente protegidos por la ley.

En el decreto de archivo al que ha tenido acceso La Voz de Granada, el fiscal admite que los hechos denunciados muestran una continuidad en el comportamiento del denunciado, conocido en la ciudad y que ya ha sido condenado en varias ocasiones, «que se caracteriza por su violencia verbal y una marcada provocación frente a las personas o colectivos a los que señala». Condidera el fiscal que en muchas ocasiones la conducta de Spiriman es propia de un «hater», (odiador), más que de un «influencer», pero que «no alcanza a recibir una respuesta penal por dirigirse a autoridades y funcionarios públicos no protegidos por los tipos penales relacionados con los delitos de odio».

La primera denuncia dirigida a la fiscalía por la Policía Tecnológica, daba cuenta de un video publicado por Spiriman el 1 de abril del pasado año titulado «malditos canallas criminales» en el que acusaba al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de requisar los respiradores de las ambulancias de Granada. Según recoge la denuncia de la policía, Spiriman en ese video llamó al presidente del gobierno, en reiteradas ocasiones, «puto criminal» «puto sinvergüenza», y profirió todo tipo de insultos, «que te follen tío», «ojalá me lleves a los tribunales y cojas a tu Fiscalía General del Estado, y me denuncies, como hizo la hija de puta de Susana Diaz y me sientes en un banquillo por llamarte hijo Puta».

Para el Fiscal, todos estas apelaciones al presidente del Gobierno se realizan en un contexto de «crítica apasionada e irresponsable» sin que exista el delito de injurias, dado que «prevalece, frente al contenido objetivo de las expresiones empleadas, el derecho a la libertad de expresión», reconocido por la Constitución.

En cuanto a varios videos de fecha 20 y 21 de abril denunciados ante la fiscalía colectivamente por 3.516 personas, en los que Spiriman, entre otros presuntos delitos, invitaba a su audiencia a escupir a los médicos que los trataran si no quedaban satisfechos con la atención recibida, el fiscal haciendo suyas las palabras de otro fiscal, recuerda que «no todo lo odioso es delito de odio, no todas las expresiones malintencionadas, abruptas y atentatorias contra la dignidad de otros puede considerarse delito de odio, dada la naturaleza específicamente supranacional del bien jurídico con él protegido, que sólo alcanza a determinados colectivos de población».

Igualmente en otro vídeo difundido por Spiriman en el que pedía a sus seguidores incumplir las medidas de confinamiento decretadas por el gobierno, e incluso toser en la cara a los agentes policiales que les detuvieran en la calle, ya que consideraba la medida una imposición ilegal y criminal, el fiscal argumenta que en este caso tampoco se daría el delito de odio, «no solamente es preciso un hecho consistente en la expresión pública que promueva o incite al odio, hostilidad -este sería el caso- discriminación o violencia; se precisa que dicha expresión y dicho resultado se dirija contra los grupos especialmente protegidos».

Finalmente, en sus razonamientos el fiscal firmante del decreto de archivo de las denuncias contra Spiriman, en el párrafo final reitera que «aunque las expresiones empleadas por el denunciado en sus videos quedan comprendidas en el concepto de incitación a la hostilidad, lo cierto es que los funcionarios públicos a los que podrían dirigirse no constituyen un colectivo protegido por los tipos de delitos de odio».

Esta es la segunda ocasión en la que la Fiscalía debe investigar y valorar la relevancia penal de denuncias ciudadanas contra Spiriman. La primera fue también por presuntos delitos de odio, admitida parcialmente y que se saldó con una condena por injurias hacia Susana Díaz y Martín Blanco.

Spiriman además ha sido condenado por los juzgados granadinos en cinco ocasiones, la mayoría de las veces por injuriar a compañeros de trabajo. También fue condenado por injuriar al fiscal jefe de la Fiscalía de Granada, Pedro. J. Jiménez Lafuente.

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