La UGR podrá requerir la activación de cámara y micro en exámenes no presenciales

La UGR podrá requerir la activación de cámara y micro en exámenes no presenciales

  • La resolución trata de garantizar especialmente «los principios de mérito individual, autenticidad y originalidad de las pruebas»

El profesorado de la Universidad de Granada (UGR) podrá requerir la activación de la cámara y el micrófono de los equipos o dispositivos que usen los alumnos que sean evaluados en exámenes no presenciales, en el marco del plan de contingencia para la adaptación de la docencia y la evaluación puesto en marcha por la pandemia de covid-19.

Así consta en el apartado relativo a las pruebas de evaluación no presenciales distintas a la oral de una resolución, firmada este lunes por la rectora de la UGR, Pilar Aranda, destinada a garantizar el respeto a la ética e integridad académica aplicable en el ámbito universitario.

En este apartado de la resolución, se especifica que la videoconferencia «no implica una vulneración de la intimidad personal o intromisión domiciliaria alguna, en el bien entendido juicio de proporcionalidad que garantice tales derechos frente a las necesidades del interés público de la verificación del aprendizaje del estudiantado».

En todo caso, según prosigue, el profesorado debe informar al estudiantado de que, «a los efectos de evitar la captación de imágenes relativas a su vida privada, organice el desarrollo de la prueba de forma que no interfiera en su ámbito exclusivamente doméstico».

Según ha informado la UGR, la resolución trata de garantizar especialmente «los principios de mérito individual, autenticidad y originalidad de las pruebas» y «la promoción de un uso responsable y adecuado de las herramientas de evaluación no presencial», evitando en lo posible «las conductas fraudulentas que, en su caso, tendrán las consecuencias académicas y disciplinarias previstas en la normativa vigente».

La resolución está sustentada sobre lo dispuesto en el informe sobre el impacto normativo de los procedimientos de evaluación ‘on line’ elaborado por representantes de distintas comisiones sectoriales de la Conferencia de Rectores de Universidades Españolas, y previa consulta y asesoramiento de la Delegación de Protección de Datos de la UGR.

Detalla que no se admite el uso de herramientas informáticas de ‘proctoring’ (las cuales pueden incluso visualizar la pantalla del ordenador) «que lesionen el derecho a la intimidad del interesado o la intromisión domiciliaria».

En particular, no se permite el uso de técnicas biométricas de reconocimiento facial, que requieren de una formación específica del profesorado y estudiantado, además de disponer de los medios tecnológicos más proporcionales a la finalidad pretendida.

El estudiantado deberá identificarse antes o durante el desarrollo de las pruebas de evaluación a través de la exhibición del Documento Nacional de Identidad (DNI) o por cualquier otro medio válido que permita la identificación inequívoca del interesado, a requerimiento del profesorado.

Cuando para el acceso a las pruebas de evaluación se requiera la previa identificación mediante claves de acceso en entornos cerrados de comunicación autorizados por la UGR (como su Plataforma de Recursos de Apoyo a la Docencia) «será suficiente dicha modalidad de identificación a través de la clave de acceso».

La UGR también ha informado de que, cuando la prueba de evaluación se desarrolle por videoconferencia, adicionalmente, el profesorado podrá requerir al estudiantado la exhibición de su DNI, aún cuando el acceso se haya realizado mediante claves concertadas.

En cualquier caso, las evaluaciones realizadas por videoconferencia deberán ser grabadas, con el fin de garantizar el derecho de revisión del estudiantado y cumplir con el deber de conservación, según lo estipuado en el artículo 29 del Estatuto del Estudiante. En este tipo de pruebas, la grabación constituye «la única evidencia que permite garantizar tales derechos».

En las pruebas de carácter escrito en modalidad síncrona podrán ser utilizados los sistemas de videoconferencia para el correcto desarrollo de la prueba y a efectos del seguimiento, identificación del estudiantado y garantizar la interacción necesaria entre el profesorado y el estudiantado durante la realización de la prueba. En este caso, la grabación no será necesaria.

Además, en aquellos supuestos en los que, de forma justificada, la exposición a la cámara pueda suponer una manifestación evidente de datos referidos a la salud u otros especialmente protegidos, el estudiantado deberá, «antes del inicio de la prueba poner en conocimiento del profesorado tales circunstancias, para que decida si adopta otra herramienta de evaluación no presencial que no interfiera en la necesaria protección de este tipo de datos personales».

Ante las incidencias por cuestiones técnicas o sobrevenidas no imputables a ninguno de los sujetos que intervienen, se deberá habilitar un día y horas diferentes para su realización.

Pilar Aranda especificó que el plan de contingencia puesto en marcha por la institución académica a raíz de la crisis del coronavirus reserva los exámenes presenciales a casos «muy excepcionales» de asignaturas en que «esté muy justificado», y siempre en el marco de lo que dispongan las autoridades.

En cuanto a las pruebas a distancia, pueden ser orales, y, en caso de ser escritos, agregó Aranda, contarán con métodos que impidan copiar como los que se utilizan en la redacción de tesis doctorales, sin aceptar aquellos que suponen una «vigilancia invasiva». Sea como sea, se trata de «evitar» que la evaluación «dependa de un solo examen».

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