Piden dos años y medio de cárcel para acusado de no dar de alta a trabajadoras de club de alterne

Piden dos años y medio de cárcel para acusado de no dar de alta a trabajadoras de club de alterne

  • En concepto de alojamiento y manutención, habrían indicado que abonaban a la empresa cantidades que oscilaban «entre 40 y 50 euros diario»

La Fiscalía ha pedido dos años y medio de prisión para un hombre de 56 acusado de la presunta comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores por no tener dadas de alta en la Seguridad Social a nueve chicas que estaban «trabajando» en un club de alterne a su nombre en Torrenueva, en la costa de Granada.

Estaba previsto que estos hechos fueran enjuiciados el pasado 1 de abril de 2020 en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada, en su sede de la Real Chancillería, algo que fue imposible en virtud de las restricciones para frenar la expansión de la primera ola de la pandemia del coronavirus. Ahora, el juicio ha vuelto a ser señalado, en esta ocasión para el próximo 23 de marzo.

Según consta en el escrito de acusación provisional de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Europa Press, el acusado, que se enfrenta también a una petición de pago de 7.200 euros de multa, figuraba como administrador único de una empresa, titular, a su vez, de un local de alterne ubicado en la N-340, en término municipal de Torrenueva Costa.

Sobre las 22,30 horas del 1 de febrero de 2018, la Inspección de Trabajo giró visita a este establecimiento para hacer un control de empleo, en que identificó a un portero, a un trabajador tras la barra, y a nueve chicas de Rumanía, Nigeria y Guinea Ecuatorial supuestamente «dedicadas a la actividad de alterne y a la espera de clientes».

En concepto de alojamiento y manutención, habrían indicado que abonaban a la empresa cantidades que oscilaban «entre 40 y 50 euros diario», cobrando directamente del cliente «20 euros por cada consumición a la que éste las invitaba».

«Si quieren un día de descanso, no tienen problema, si bien se lo comunican a la empresa, a efectos de que ésta se organice», a la par que «todas ellas manifiestan que, antes de alojarse y empezar a trabajar, tienen que mantener una entrevista con el jefe», a la sazón el procesado.

Un representante de la empresa compareció, a instancias de la Inspección de Trabajo, el 9 de febrero de 2019, constando en la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social que la sociedad se constituyó el 19 de julio de 2013 con la actividad «establecimiento de bebidas» y el siguiente objeto social: «La construcción, instalaciones y mantenimiento. El comercio al por mayor y al por menor. Distribución comercial, importación y exportación».

Este representante manifestó que la mercantil carecía de «licencia para la actividad de hospedaje», por lo que no existían «partes de entrada de viajeros ni comunicación de los mismos a las dependencias policiales». Refirió igualmente que se cobraba a las mujeres que allí se hospedaban «50 euros al día por el alojamiento y la manutención, manifestando que el abono por dichos servicios se registra como bebidas (fiscalmente)».

A los trabajadores dados de alta, el portero y el camarero, lo estaban en el marco del convenio colectivo de hostelería de Granada. A las chicas se les «alquilan una habitación y les dan de comer y desayunar por 50 euros diarios. No refiere otros extremos respecto de la actividad que allí se desarrolla».

El procesado, que constaba como deudor en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, actuando supuestamente «con ánimo de perjudicar los derechos de las trabajadoras empleadas en el local», no tenía cotizando en la Seguridad Social «al 50 por ciento de los trabajadores», ya que en la empresa constaban cinco altas, entre ellos los que estaban esa noche en el local en el grupo de once, incluyendo las nueve chicas.

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