Gobierno y Junta zanjan con un acuerdo la «controversia» en torno al «recorte» del Ejecutivo a fondos para el empleo

La consejera de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, Rocío Blanco,

El Gobierno de España y la Junta de Andalucía han alcanzado un acuerdo por el que ambas partes consideran «resueltas las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada» en torno a una de las disposiciones adicionales del Real Decreto de 31 de marzo de 2020 por el que se adoptaban medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico, que implicaban un «recorte» a los fondos de formación profesional para el empleo previstos para Andalucía.

Ya el pasado mes de septiembre la consejera de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, Rocío Blanco, anunció en el Parlamento andaluz que el Gobierno y la Junta habían acordado iniciar negociaciones para tratar de evitar el recurso de inconstitucionalidad que había anunciado a finales de agosto el Ejecutivo andaluz que iba a presentar contra la disposición adicional séptima del citado Real Decreto, que establecía que, «con carácter excepcional y extraordinario», los ingresos derivados de la cotización por formación profesional del ejercicio 2020 «podrán destinarse a la financiación de cualquiera de las prestaciones y acciones del sistema de protección por desempleo» o «para financiar programas que fomenten la contratación de personas desempleadas o les ayuden a recuperar empleo».

Esta negociación se ha llevado a cabo en el seno del grupo de trabajo constituido por acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía, de 3 de septiembre de 2020, y, finalmente, ha fructificado en un acuerdo, consultado por Europa Press, que ha sido ya publicado tanto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

En su momento, desde la Junta de Andalucía se criticó que el Ministerio de Trabajo y Economía Social había utilizado la referida disposición para «recortar» los fondos que reciben las comunidades autónomas para financiar las acciones de Formación Profesional para el Empleo.

Sin embargo, la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía ha alcanzado un acuerdo al entender que «la controversia planteada ha perdido su objeto una vez publicada la Orden TES/1039/2020, de 3 de noviembre, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2020, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, subvenciones adicionales del ámbito de las políticas activas de empleo financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, incluyendo aquellos destinados a la ejecución del Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021 y del Plan Reincorpora-T 2019-2021».

En razón a este acuerdo, «ambas partes consideran resueltas las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada», y así se lo comunican al Tribunal Constitucional «a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional».

De igual modo, y por otro lado, la Junta y el Gobierno han alcanzado otro acuerdo en la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el Decreto-Ley 16/2020, de 16 de junio, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se establecen medidas en materia de empleo, así como para la gestión y administración de las sedes administrativas ante la situación generada por el coronavirus (Covid-19).

En concreto, dicho acuerdo, que también evita recurrir al TC y que ya ha sido publicado asimismo esta semana en el BOE y en el BOJA, atañe a los apartados 1 y 2 de la disposición adicional única del citado decreto del Gobierno andaluz, dedicados al cumplimiento de obligaciones tributarias y de otros deberes en relación con los bienes inmuebles que sean titularidad de la Junta de Andalucía.

También en este caso ambas administraciones han considerado «resueltas las discrepancias manifestadas» en torno a dichos apartados y «concluida la controversia planteada», y así han acordado comunicárselo al Tribunal Constitucional.

CATEGORÍAS

COMENTARIOS

Wordpress (0)
Disqus ( )