Los certificados de empadronamientos se pueden solicitar por vía telemática

Los certificados de empadronamientos se pueden solicitar por vía telemática

  • El concejal de Servicios Generales, Francisco Fuentes detalla que la web del Ayuntamiento incorpora un apartado que ofrece toda la información y pasos a seguir para solicitar estas ayudas ante las entidades bancarias u organismos competentes y que son “esenciales para muchas familias en estos momentos de extrema dificultad como consecuencia del COVID-19”

Durante el cierre de los registros presenciales se podrán solicitar y recibir los certificados de empadronamiento de modo telemático. Así lo ha explicado hoy el concejal de Servicios Generales, Francisco Fuentes, quien ha recordado que este documento resulta imprescindible para solicitar ante las entidades bancarias u otros organismos competentes determinadas ayudas como son la moratoria hipotecaria o arrendataria, “esenciales para muchas familias en estos momentos de extrema dificultad como consecuencia de la pandemia provocada por el COVID-19”.

Según ha explicado Fuentes, para paliar los efectos de la crisis sanitaria es posible solicitar ante entidades bancarias u otros organismos la moratoria hipotecaria y del crédito de financiación no hipotecaria; la moratoria o ayudas en relación con la renta arrendaticia de la vivienda habitual, o el bono social por parte de trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad o hayan visto reducida su facturación como consecuencia del COVID-19 (art. 28.4). No obstante, según ha matizado Fuentes, todas ellas requieren del citado certificado de empadronamiento que expiden las corporaciones locales, motivo por el cual, según ha explicado Fuentes, la capital ha habilitado un mecanismo municipal para obtener el documento de manera no presencial evitando por tanto la propagación del coronavirus.

Así, para obtener el certificado es necesario seguir las instrucciones recogidas en la web del Ayuntamiento de Granada dentro de la sección Certificado de empadronamiento para solicitar las ayudas establecidas en el R.D. 11/2020, de 31 de marzo, por las que se adoptan medidas urgentes en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 y que se puede consultar en el siguiente enlace: https://www.granada.org/v2010.nsf/xxtod/35633CD45DEA11D1C125853B0045B153?OpenDocument

“Desde el Ayuntamiento de Granada hemos establecido varios mecanismos para facilitar que los vecinos dispongan de estos certificados necesarios para la tramitación de estas ayudas, sin duda,imprescindibles para superar las dificultades que está provocando la crisis sanitaria del COVID-19”, ha remarcado Fuentes, quien ha agregado que, no obstante, según la normativa el certificado no se expedirá cuando el solicitante esté empadronado en el domicilio para el que se solicita la ayuda menos de seis meses (excepto en el caso de la ayuda para los trabajadores autónomos por no ser requisito necesario en este caso).

Por último, el concejal de Servicios Generales ha recordado que, aunque los plazos administrativos están suspendidos, se pueden seguir presentando por los canales habilitados a tal efecto (correo electrónico, registro electrónico), cualquier solicitud que se tenga que tramitar ante el Ayuntamiento.

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