Delitos, penas e indultos

“Rige y corrige”: las leyes han de ser la base de la política (Saavedra Fajardo)

«Considérese que la clemencia es virtud del legislador, no del ejecutor de las leyes; que debe resplandecer en el código, no en los juicios particulares; que hacer ver a los hombres la posibilidad de perdonar los delitos, y que la pena no es necesaria consecuencia suya, es fomentar el halago de la impunidad, y manifestar que, pudiéndose perdonar, las condenas no perdonadas son más bien violencias de la fuerza que providencias de la justicia.(Cesare Beccaria, Tratado de los Delitos y de las Penas, 1764)»

En relación con la cuestión de los indultos para los condenados por los sucesos del año 2017 hay tres niveles de consideración. En primer lugar la cuestión de si hay delito o no. Como siempre en relación con este espinoso asunto hay dos posiciones nítidas y enfrentadas y una intermedia mucho más escurridiza. Para los independentistas y sus corifeos no hay delito sino más bien ejercicio de libertades y derechos. Atendiendo a la mera materialidad de los hechos se afirma que no es delito colocar urnas y que la proclamación de independencia se canceló inmediatamente. Pero ese razonamiento obvia los aspectos performativos del lenguaje y sus efectos perlocucionarios. El aspecto performativo de una declaración hecha en el lugar y por quien corresponde implica que se realiza la acción invocada y que esta acción produce efectos sobre los oyentes. En ese sentido , el poner urnas cuando dicha colocación había sido prohibida por los tribunales competentes es un delito, y de igual manera, proclamar en el Parlament por el Presidente del Gobern una declaración de independencia es otro delito por no tener dicho órgano la capacidad de hacer dicha declaración. No es legitimo utilizar las instituciones legales para llevar a cabo actuaciones que las subvierten. Ni utilizarla legislación autonómica para impugnar el marco legal del que dicha legislación extrae su legitimidad. La legitimidad del Parlament de Cataluña no deriva de ser el representante de una pretendida nación catalana sino de su inserción en el marco legal y constitucional del Estado español y por ello no se puede utilizar par subvertir dicho ordenamiento sin cometer un delito. En ese sentido no es legítimo oponer la democracia a la legislación vigente porque la democracia precisamente consiste en ajustarse a la legislación vigente, incluso en los intentos de cambiarla. Por su parte, la derecha en todas sus versiones habla directamente de golpe de Estado y de rebelión. La izquierda se sitúa entre ambas posiciones en una posición muy inestable y compleja. El PSOE en un constitucionalismo abierto, los Comunes en su mayoría en posiciones cercanas a los independentistas, coincidiendo con ellos en los fundamental: el llamado derecho a decidir, y la consideración de que no hubo delito en los sucesos de 2017. Al aceptar los dos puntos esenciales del independentismo, la amnistía y el referéndum, de poco vale que se diga que en ese referéndum se votaría no a la independencia, ya que la mera convocatoria de un referéndum de autodeterminación da por supuesto lo que hay que demostrar precisamente, a saber, la cuestión de la soberanía del pueblo de Cataluña al margen de la Constitución española. Cuando precisamente el autogobierno de Cataluña es una consecuencia no de la pretendida soberanía del pueblo catalán sino dela legislación del Estado español aprobada por el conjunto de la ciudadanía. La soberanía reside en el Estado español y no en sus nacionalidades y regiones , cuya legalidad depende y se basa precisamente en ese marco legal y constitucional del Estado español en su conjunto.

Admitido que hay delito, porque se ha transgredido la legalidad vigente, la segunda cuestión se refiere al tipo de delito cometido. Hablando al principio de rebelión, al final el Tribunal Supremo condenó por sedición, con la consecuencia de la dificultad de adecuar una legislación del siglo XIX a las necesidades del siglo XXI y sobre todo a los estándares de la justicia europea actual. La diferencia esencial entre ambos tipos de delitos es que la rebelión atenta contra el orden constitucional y emplea medios violentos y públicos y la sedición es una alteración del orden público. La sedición requiere que sus autores «se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes». En la rebelión, además el alzamiento ha de ser «público y violento» y perseguir fines como «derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución» o «declarar la independencia de una parte del territorio nacional». La diferencia fundamental reside en la ponderación del tipo y alcance de la violencia empleada. El que no hubiera violencia armada y quizás la necesidad de intentar una equiparación con la legislación europea, llevó con buen tino a enjuiciar los hechos como sedición y no como rebelión, a pesar de que los objetivos de los actos eran los correspondientes a la rebelión. El hecho de que los propulsores de los actos fueran servidores públicos aumenta su gravedad y por tanto la pena impuesta.

Con esto llegamos al tercer nivel, el de los posibles indultos. Se dice que hay que desjudicializar el problema catalán y llevarlo por cauces políticos, lo cual es muy razonable, pero hay que tener en cuenta que los jueces solo actúan cuando hay delito y el delincuente no puede pedir que se desjudicialice su caso cuando ha sido precisamente él quien ha elegido contravenir las leyes. Lo cual no obsta para que , en el marco de la legislación vigente, se actúe con la máxima prudencia e intentando minimizar los daños, dado que en todo conflicto civil habrá que seguir conviviendo tras las actuaciones judiciales. Obviamente nos estamos moviendo en un contexto no revolucionario, ya que si el contexto fuera revolucionario entonces no serían de aplicación las leyes y el resultado de la pugna quedaría encomendado a la violencia respectiva de los impugnadores y los defensores del orden establecido. Está claro que Cataluña no vive un proceso revolucionario y que la violencia que a veces ha ensombrecido sus calles ha sido poco más que unos tumultos muy aparatosos pero incapaces de poner en peligro el orden constituido.

Nos encontramos pues en el momento de reconducir de forma política el conflicto y para ello se están poniendo sobre la mesa dos procedimientos. Uno, legal, con dos niveles, la concesión de unos indultos para los condenados y cambios legislativos del delito de sedición para adecuarlo a las actuales circunstancias y sobre todo a la legislación europea similar. El otro procedimiento es el político que adopta la forma de una mesa de negociación. Parece lógico adaptar la legislación sobre la rebelión y la sedición a los estándares europeos pero una reforma de tanto calado no tendría que ser el resultado de la imposición de una escasa mayoría parlamentaria coyuntural sino la conclusión de un acuerdo con amplia mayoría en el parlamento, cosa prácticamente imposible hoy con el tipo de derecha montaraz con la que tenemos que lidiar. Respecto a la cuestión del diálogo político se trata de identificar los actores y sobre todo la agenda. Los actores no son Cataluña y España, como querrían los independentistas, sino el gobierno de la nación y un gobierno autonómico, los dos enmarcados en la Constitución y la legalidad española. Y los temas de conversación tienen que ser tales que sobre ellos se pueda llegar a acuerdos dentro de dicha legalidad y constitución. Por eso empezar poniendo sobre la mesa dos asuntos imposibles de conceder, la amnistía y el referéndum, es una manera de negarse a negociar.

En este contexto se plantea la conveniencia o no de los indultos. Lo primero es recordar que el indulto, como la moción de censura, son procedimientos perfectamente legales y legítimos. El indulto es una reminiscencia del carácter sagrado del poder que tenia la potestad no solo de la justicia sino también de la gracia, como corrección o ampliación de aquella. Independientemente de la cuestión más o menos formal del arrepentimiento, cosa que aparte de ser más moral que política, puede ser fingida sin ningún problema, la cuestión esencial es el para qué. Qué se pretende con ellos. Si los indultos son un paso que facilite que los independentistas reconsideren su posición y sin renunciar a su objetivo final, la independencia, lo congelen sine die, es decir, renuncien a la estrategia unilateral y se centren en ampliar el autogobierno de Cataluña en el marco de una Constitución entendida lo más federal, no confederal, posible entonces pueden ser una medida de distención y pacificación; en cambio, si los indultos son vistos, como pretenden los independentistas y la derecha, como una victoria del separatismo y un paso más hacia la independencia, entonces no valdrán para nada, porque es obvio que la independencia no se va a dar, no solo porque es injusta y antidemocrática porque sería la imposición de una minoría sobre la mayoría no solo de los ciudadanos españoles sino incluso delos ciudadanos catalanes, sino porque es inviable tanto en el contexto interior como en el contexto exterior. El Estado español no puede tolerar la independencia de una de sus nacionalidades de forma ilegal y la Unión Europea no puede abrir la caja de los separatismos latentes en diversas naciones europeas. España no es Yugoslavia, ni la URSS, ni las actuales circunstancias son las que favorecieron aquellos procesos de escisión en cadena. En este contexto pienso que hay que conceder los indultos ajustándose a las limitaciones que impone la legalidad vigente como muestra de buena voluntad y de espíritu dialogante y en modo alguno considerándolos un “halago a la impunidad”, como decía Beccaria, quedando en las manos del independentismo la respuesta a esa mano tendida. El independentismo tendrá que decidir si acepta la medida como invitación a un diálogo político fructífero o la interpreta solo como una victoria parcial hacia sus objetivos finales inamovibles. Pero entonces el fracaso del diálogo se deberá al inmovilismo de los independentistas dado que el gobierno central está dispuesto a conceder todo lo que permitan las leyes y las mayorías parlamentarias actuales.

En este proceso la posición de ERC es clave. Los republicanos tienen que decidir de una vez si quieren convertirse en el partido dirigente de una de las regiones más prósperas de España en el marco de una legalidad lo más federal posible o seguir sometido a las clases dirigentes catalanas en su pugna constante con los poderes centrales. Hay que recordar que dichas clases dirigentes siempre han colaborado estrechamente con el gobierno central para controlar a sus clases populares y solo cuando ven débil al poder central espolean a dichas capas populares contra el gobierno central para mejorar suposición relativa de poder respecto al mismo. Para dichas clases dirigentes se trata no de la independencia , que saben inviable, sino de conseguir aumentar su cota de poder diferencial respecto al gobierno central.

Si el diálogo político se establece sobre objetivos posibles y legítimos entonces cuajará y podrá ser ampliado incluso a algunos sectores de la derecha, la más posibilista y menos ultramontana. Si el diálogo se encalla no solo perderá el gobierno sino que la cuestión catalán se enquistará entrando en un callejón sin salida. El problema para la derecha española es que no tiene un plan para Cataluña más que la mera represión ,y los independentistas tienen que apoyar al gobierno actual porque es el mejor para sus intereses, los reales, no los ficticios imposibles. En ese sentido sería muy conveniente establecer una serie de apoyos mutuos entre ERC y la izquierda estatal en los diversos ámbitos de la política: el estatal, el autonómico, el provincial y el local con un programa claro y viable de pacificación social, ampliación de la autonomía y de recuperación económica aprovechando los fondos europeos.

En conclusión, hubo delito, habría que adaptar la calificación de los mismos, los indultos son legítimos y convenientes, pero serán inútiles si no se produce un giro sustancial en el independentismo aceptando que sus quimeras son imposibles y que lo que tienen que hacer es negociar su inserción en un Estado español al que tendrían que ayudar a evolucionar en un sentido más federal y solidario, pero esta posibilidad es remota para aquellos que han hecho del independentismo la tapadera de su corrupción y de su ineficacia gestora. La magnanimidad y altura de miras del Estado ha de dirigirse a la mayoría de la población catalana que quiere más autogobierno pero que no está para aventuras que ya duran demasiado tiempo. Por su parte, la derecha mayoritaria tendría que deja de competir con la extrema derecha, que al fin y al cabo no es más que una escisión suya, y madurar una alternativa no solo para Cataluña sino también para el conjunto del Estado ya que la España Una, Grande y Libre que a veces añoran es ya completamente imposible, además de indeseable, pero hasta que no se quiten la conciencia de ser los ganadores de la guerra civil y acepten hasta el fin las consecuencias del juego democrático no podrán ocupar esa centralidad que tan importante es para la gobernabilidad de un país tan complejo como España. Desgraciadamente, la derecha no suele tener reparos en blanquear a la extrema derecha, con la que presenta continuidades preocupantes, si la necesita para obtener o conservar su poder. Mientras ese panorama se mantenga no habrá estabilidad política en el país y los cambios tienen que venir por los dos extremos nacionalistas, periféricos y central , los independentistas y la derecha, que tendrían que colaborar con el gobierno para asegurar dicha estabilidad. Esto no sucederá a corto plazo con lo que el conflicto catalán más que resolverse habrá que sobrellevarse intentando minimizar los costes de la situación enquistada.

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