Doble asesinato en Santa Fe (2002)

En estos días en que el calor extremo nos azota, extraigo del recuerdo uno de esos sucesos criminales que solo acaecen durante el tórrido verano. Señalan las estadísticas criminológicas que bajo la influencia del calor es cuando se producen los más sangrientos crímenes pasionales. Ejemplos no faltan. Acaso los más llamativos por recientes y conocidos sean el crimen de los Galindos en la localidad de Paradas (Sevilla), aún sin resolver, la masacre de Puerto Hurraco (Badajoz), o el triple asesinato de Alhendín, o quizá por histórico e indeleble, el terrible crimen de don Benito, que sucedido el 19 de julio de 1902, es uno de los más llamativos de la crónica negra patria.

El calor influyó

El doble asesinato que traigo hoy a la memoria causó, por la manera y el entorno en que tuvo lugar, un terrible impactó en la sociedad de toda Granada. Sucedió un día como hoy, en estas fechas. El 24 de julio de 2002 fue un día intenso meteorológicamente, seco, sin apenas viento, incluido en una secuencia térmica elevada y en el que en la vega granadina los termómetros alcanzaron los 36 grados en la localidad de Santa Fe. Temperatura elevada aunque no extrema que según señalaron algunos de los informes periciales “pudo influir en la mente limitada del agresor, afectado por un cuadro de retraso mental leve, epilepsia desde la primera infancia y trastornos de conducta, que pudo intensificar su tendencia a una deficiente capacidad de control de sus impulsos”.

Antonio Camarero, de 30 años de edad, tenía alterada la inteligencia y la voluntad” dice el informe forense, pero el clima, aquellos días tuvo influencia en acentuar su alteración.

El suceso: un testigo presencial

Antonio Camarero, de 29 años de edad, de manera muy afectada llevaba amenazando a su padre según figura en el expediente policial. Sobre las 14 horas del 24 de Julio de 2002, se presentó en el domicilio de su padre, Jesús Camarero, de 67 años, situado en la calle Pasaje Agustín Lara, de Santa Fe, donde vivía con su compañera sentimental, Candelaria Heredia, de 54 años. Ambos se disponían a almorzar cuando Antonio llegó ante la puerta profiriendo grandes gritos. Ya dentro de la casa siguió reclamándole al padre que le entregara una cantidad de dinero que, en su imaginación, decía que le había sacado del banco sin su permiso. En concreto, 18 millones de pesetas, según señala la sentencia. Tratando de sosegarlo y de normalizar la situación, Jesús le respondió que él no sabía nada de ese dinero, pero Antonio no atendía a razones. En un momento de la discusión intervino Candelaria tratando también de calmarlo, pero aseverando también que no sabía nada del dinero por el que les preguntaba.

Dada la hora que era y también con ánimo de apaciguar a Antonio, Jesús, el padre, le preguntó a su hijo si quería comer con ellos, respondiéndole que no. Ya no hablaría más. Con gran frialdad y decidido propósito, sin advertirlo sus víctimas, extrajo de una bolsa que portaba un cuchillo de 21,8 centímetros de longitud de hoja por 2 centímetros de anchura, y, de forma súbita, sin mediar palabra, aprovechando que su padre estaba sentado disponiéndose a comer, le apuñaló rápidamente por 2 veces en el cuello. Seguidamente, sin detenerse, se dirigió hacia la mujer, Candelaria, que también estaba sentada viendo la televisión y le asestó una profunda puñalada en el tórax. A pesar de la gravedad de la herida ella consiguió huir y llegar hasta el Centro de Salud de Santa Fe, en donde murió poco después. La herida le había seccionado la arteria torácica lateral, produciéndole un cuadro de hemotórax y shock hipovolémico, que le provocaría la muerte.

Jesús Camarero, el padre del agresor, sufrió dos heridas en el cuello que le seccionaron las arterias carótidas interna y externa y la vena yugular interna, sufriendo igualmente un shock hipovolémico a consecuencia del cual falleció, casi en el acto.

En el momento del crimen estuvo presente un primo del agresor, al que figuradamente y por su protección fue denominado durante el proceso como “Eloy”. Inicialmente declaró que fue también objeto de ataque de Antonio que le habría lanzado una puñalada que no le alcanzó. Fue Eloy quien narró la frialdad y determinación con la que Antonio cometió el crimen, coincidente con su declaración ante los investigadores de la Guardia Civil a los que manifestaría literalmente: “Que su intención era matarlos —a su padre y a Candelaria— para que no le quitasen más su dinero».

Idea delirante

Los hechos se sucedieron en medio de un gran alboroto. El vecindario fue consciente de lo que sucedía en el interior de la vivienda, más aún cuando se personaron los números de la Guardia Civil y descubrieron el resultado del crimen, con el cuerpo degollado del progenitor y todo el escenario del crimen inmerso en el intenso panorama de la sangre.

Poco antes Antonio había huido. Salió de la casa con el cuchillo homicida aún en la mano, la ropa ensangrentada y gritando que había matado a su padre. Tras arrojar el arma a un contenedor, se dirigió a la casa en la que vivía y se sentó en la puerta sin dejar de repetir la misma frase: “he matado a mi padre…”. Unos vecinos que le vieron la ropa empapada de sangre, creyendo que estaba herido, lo trasladaron al Centro de Salud, donde poco después fue detenido por varios agentes de la Guardia Civil, que habían partido ya en su busca.

Antonio había salido de la cárcel un año antes. Había cumplido una condena de siete años de privación de libertad por haber herido a un guardia civil y a una médico. Su carácter era muy violento. Había protagonizado varios altercados, algunos contra miembros de su propia familia.

El parricida vivía en la creencia de que había recibido 18 millones de pesetas por los siete años que se pasó en la cárcel y que su padre se había quedado con el dinero a sus espaldas. Esa era la razón por la que Antonio llevara más de un año con la misma idea circular de tipo delirante amenazando a su padre con matarlo si no le entregaba ese dinero.

El juicio y la condena

El acto de juicio tuvo lugar en la Sala de la Audiencia Provincial de Granada el 18 de junio de 2003 en medio de una gran expectación y afluencia de público. Aunque la defensa de Antonio Camarero, que fue ejercida por la letrada granadina María Josefa Muñoz Verdejo, interesó la libre absolución por concurrir la eximente de enajenación mental, sin embargo, quedó acreditado que si bien cuando cometió su fechoría tenía las facultades mentales perturbadas, su afección no fue tal como para concluir que no conocía que “causaba un mal y que lo que hacía estaba mal”.

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de un delito de asesinato (el parricidio como tipo ya había desaparecido en el código penal), de otro delito de asesinado y de un delito de homicidio en grado de tentativa, previstos y castigados en los artículos 139.1° y 16 y 138 del Código Penal, y reputando responsable de dicho delito en concepto de autor al procesado Antonio, concurriendo además la circunstancia agravante de parentesco respecto del primero de los delitos de asesinato y la atenuante de enajenación respecto de todos los demás al amparo del art. 23 y 21, en relación con el 20, del mismo cuerpo legal. Solicitó para él las penas de doce años de prisión por el primer asesinato, nueve años de prisión por el segundo asesinato y tres años de prisión por la tentativa de homicidio, aplicándosele, como medida de seguridad, la de internamiento por el tiempo de la condena, accesorias, costas y decomiso del arma y a indemnizar a los hijos de Candelaria Heredia y a los de Jesús Camarero, su padre, con la cantidad de 90 mil euros.

De las peticiones del Ministerio Público solo fue absuelto del delito de tentativa de homicidio contra “Eloy”, su primo, que durante el acto de juicio no pudo precisar inequívocamente si le tiró una puñalada sin alcanzarle. Antonio Camarero fue ingresado en un centro penitenciario adecuado a su salud mental. Aún cumple condena.

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